Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2021-S2
Fecha: 13-May-2021
III.4. Análisis del caso concreto
Contra esa decisión judicial, interpusieron el recurso de apelación incidental, que fue resuelto por la Vocal demandada de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que confirmó la Resolución apelada, sin considerar ambas instancias, que la Ley 1173 modificó el art. 239.4 del CPP, manteniendo el texto y sin consignar la posibilidad que acrediten la presentación de documentos, que evidencien que sus personas sean las causantes de la dilación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Sobre el derecho al debido proceso
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- siempre que la demora no sea atribuible a los actos dilatorios del imputado
- CONFIRMAR