Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0141/2021-S2
Fecha: 13-May-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiéndose emitido la Resolución Federación Universitaria Local FUL-UMSA 070/2019 de 5 de diciembre, firmada por Álvaro Quelali Calle, como Primer Secretario Ejecutivo del HCU de la FUL, dispuso la nulidad del proceso eleccionario al Centro de Estudiantes de la Carrera de Derecho, su persona impugnó, a través de memorial de 11 de diciembre de 2019; no obstante, y a la fecha de la interposición de la presente acción tutelar, la referida impugnación no fue respondida, siendo incluso que reiteró el pedido a través de carta notariada de 17 de diciembre ese mismo año, y de memorial de 17 de febrero de 2020; sin embargo, no obtuvo una respuesta favorable o desfavorable.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- antes de la realización de la audiencia pública señalada al efecto y que el accionante hubiera tenido conocimiento de la reparación del acto reclamado (…)debido a que, no tendría razón de ser que la jurisdicción constitucional se pronuncie en el fondo, si la pretensión de la parte accionante fue reparada, correspondiendo en consecuencia, denegar la tutela solicitada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR