SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2021-S3
Fecha: 14-May-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La peticionante de tutela considera vulnerados sus derechos al debido proceso, al juez natural, al trabajo y a la estabilidad laboral, así como los principios de legalidad, tipicidad y taxatividad; toda vez que, la Resolución jerárquica 01/2019, confirmó la incorporación de elementos de prueba como informes legales que no aluden a la escala de sanciones y faltas del régimen disciplinario establecido por el Reglamento Interno de Personal del SSU aprobado mediante Resolución Ministerial 154/06, además, que el hecho denunciado no se encuentra tipificado en dicha normativa emitiéndose una sanción excesiva y carente de proporcionalidad máxime si funda la decisión en su propia declaración donde incluso en la cancelación de beneficios sociales, no se tomaron en cuenta los “…meses de octubre a marzo de 2019…” (sic) en las funciones desempeñadas.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable, que la Norma Fundamental fijó en seis meses computables a partir de la comisión del acto ilegal u omisión indebida del servidor público o del particular, o de notificado con la última decisión judicial o administrativa’
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR