SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2021-S3

Fecha: 24-May-2021

i)

Ana Asunción López Funk a través de su abogada, en audiencia, manifestó que: i) No es cierto que no se dejó ingresar al plomero, ya que, los primeros días de la pandemia revisó las tuberías y recomendó que se clausurara el baño, por lo que se cerró dicho ambiente; ii) Desde el 21 de marzo de 2020 se declaró cuarentena total en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia por el COVID-19; iii) Hace unas semanas recién tomó conocimiento que las filtraciones de agua continuaban; iv) Teme contagiarse de COVID-19, al ser padre y madre para su hijo menor de edad, por lo que quiere proteger su integridad física, por ello, se pidió a los accionantes que garanticen que los trabajos se realicen con todas la medidas de bioseguridad, pero los mismos no accedieron. Respecto a lo señalado por los accionantes con relación a que se ofreció todas las medidas de bioseguridad dicha situación no es evidente y tampoco se demostró; v) No tiene conocimiento del informe técnico, donde se debe establecer los trabajos que se requieren efectuar y el tiempo que durará, puesto que debieron notificarle con el mismo; vi) Según lo manifestado por los accionantes el departamento afectado está siendo arreglado para otorgarlo en calidad de anticresis, consiguientemente, no tiene inquilino que lo habite; vii) Si es tan grande el daño que se puede ocasionar donde están el “Presidente” y el inquilino afectado; viii) Por los mensajes de WhatsApp del edificio, se establece que el problema de filtraciones de agua no es únicamente en el departamento que habita, sino es un problema estructural del edificio; y, ix) Tiene la predisposición de conciliar, por ello, acudió al Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional y obtuvo una citación para el 20 de julio del citado año.