SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2021-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2021-s3

Fecha: 09-May-2021

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 09/2020 de 9 de mayo, cursante de fs. 22 a 24, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La parte accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad y de locomoción, toda vez que el impetrante de tutela se encuentra retenido en la Clínica Los Olivos S.A., por una obligación económica por gastos de atención, tratamiento y cirugía en dicha Clínica; 2) Conforme se tiene de antecedentes, así como del informe escrito y ratificado en audiencia de acción de libertad por la parte accionada, se tiene que el peticionante de tutela tenía la obligación de asistir al acto procesal a través del sistema “blackboard”, ratificarse en su acción de defensa y demostrar que se encontraba privado de su derecho de locomoción por parte de los ahora accionados; sin embargo, conforme se tiene extra audiencia, la parte accionante se comunicó con la Secretaria del Tribunal de garantías, señalando que su “cliente” ya se encuentra con sus familiares, por lo que ya no se presentaría a dicho acto; y, 3) Conforme los extremos referidos y la impresión de la precuenta de 7 de mayo de 2020, se llega a la conclusión de que se presentó esta acción de libertad con la única finalidad de evadir aspectos económicos, y no resultaría cierto que el accionante se encuentre privado de su derecho de locomoción; por consiguiente, no se evidencia la existencia de vulneración del derecho de libertad de locomoción por parte de los ahora accionados.