Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2021-S2
Fecha: 04-Jun-2021
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, mediante la Resolución 22/2020 de 16 de julio, cursante de fs. 84 a 86 vta., denegó la tutela impetrada por sustracción de la materia; toda vez que, la Conminatoria de Reincorporación 08/2020 LACJ-JDTEPS BENI emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo del departamento mencionado -que sustentaba la presente acción-, fue dejada sin efecto mediante la Resolución de Recurso Revocatoria 005/2020, de ahí que se evidencia una ausencia del objeto de la acción de amparo constitucional, lo que deviene en la sustracción de la solicitud de tutela; en otras palabra, se revocó la causa del origen de la acción de defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- protección inmediata y actual de los derechos fundamentales
- Cuando se presenta el fenómeno de la carencia actual de objeto del amparo constitucional porque el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales quedó extinguido
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
- III.2. Análisis
- CONFIRMAR