SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0207/2021-S2

Fecha: 07-Jun-2021

art. 391

           De un análisis de la norma procedimental penal señalada conforme a la base pluralista y principista de la Constitución Política del Estado, la precitada SCP 1235/2017-S1, estableció que: “…se incluyeron una serie de disposiciones que aseguren su reconocimiento, como es el caso del art. 391 del CPP en lo que respecta a la diversidad cultural, el cual dispone que: ‘Cuando un miembro de un pueblo indígena o comunidad indígena o campesina, sea imputado por la comisión de un delito y se lo deba procesar en la jurisdicción ordinaria, se observarán las normas ordinarias de este Código y las siguientes reglas especiales.

           En ese orden, conforme al precedente constitucional establecido en la Sentencia Constitucional Plurinacional anotada, el Tribunal Constitucional Plurinacional resolvió la acción de amparo constitucional sujeta a examen en dicha oportunidad en la que los accionantes invocaron la vulneración de sus derechos alegando que dentro del proceso penal que les seguía el Ministerio Público, a instancia de parte, presentaron incidente de nulidad por defectos absolutos ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Santa Cruz, solicitando se anulen obrados hasta la imputación, tomando en cuenta que no se realizaron los actos procesales con traductor e intérprete ni con un perito antropólogo o sociólogo; sin embargo, pese a que los demandados emitieron Auto de corrección de procedimiento, designando un perito antropólogo o sociólogo especializado en cuestiones indígenas guaraní, con el fin de dar continuidad al juicio oral, no anularon obrados hasta la imputación formal según lo previsto en el art. 391 del CPP, al pertenecer ellos a una comunidad indígena originaria guaraní; por lo que, debía considerarse los derechos que tenían al formar parte de un pueblo indígena originario campesino establecido en la Constitución Política del Estado.