SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2021-S4

Fecha: 10-Jun-2021

SOBRE EL MOTIVO DE LA APELACIÓN

Al efecto, del contenido del Punto I del Auto de Vista aludido, subtitulado “SOBRE EL MOTIVO DE LA APELACIÓN” contra el Auto Interlocutorio 241/2020 de 28 de junio, se advierte que la defensa técnica del imputado expuso como agravios los siguientes: 1) El Juez de instancia no valoró los elementos probatorios que fueron adjuntados por los imputados; en el caso de Luis Arcani Mendoza, fue detenido únicamente por la concurrencia del art. 234.7 del CPP, siendo procedente al amparo de la SC 56/2014, que ya había sido modulada por la SCP 185/2019-S3, siendo esta última la vigente y que pronunció razonamiento respecto a la aplicación del peligro procesal aludido; 2) Se le trató como si éste tuviera una sentencia condenatoria en su contra, cuando correspondía aplicar el principio de presunción de inocencia previsto en la CPE; 3) El peligro procesal fundado para su detención preventiva debía ser documentado, objetivo y concreto, por lo que considera exagerada la aplicación de medida cautelar; 4) El vehículo en el que se transportaba sustancias controladas tenía fines comerciales y era de servicio público, razón por la cual presentaron su negativa para aplicar el procedimiento inmediato, existiendo necesidad de investigar e incluso ampliar la imputación; y, 5) El plazo de seis meses de detención preventiva tampoco correspondía solo para garantizar el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley.