SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0243/2021-S4
Fecha: 10-Jun-2021
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de su garantía y al debido proceso en sus elementos de “coherencia”, motivación, congruencia, logicidad y fundamentación; derecho al juez natural en sus componentes de independencia y competencia; a la defensa; a la tutela judicial efectiva; y, los principios de legalidad, seguridad jurídica, convalidación, preclusión, extemporaneidad, verdad material; toda vez que, dentro del proceso monitorio de entrega de herencia que interpuso, los Vocales demandados de manera extemporánea, desconociendo los plazos y la competencia del Juez a quo convalidada por los demandados, revisaron la admisibilidad de la demanda y determinaron su improponibilidad anulando obrados hasta la sentencia inicial, omitiendo considerar que era impertinente la nulidad conforme prevé el art. 107.II y III del CPC siendo que solo pretende se le dé posesión como heredero; siendo el fallo parcializado y extra petita que inobservó lo previsto por los arts. 265.I y III del CPC al interpretar los agravios expuestos por los apelantes quienes no reclamaron la improponibilidad ni la existencia de dos derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- CONFIRMAR