SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2021-S2
Fecha: 24-Jun-2021
denegó
La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, mediante Resolución 38/2020 de 5 de agosto, cursante de fs. 12 a 14 vta., denegó la tutela impetrada, con base en los siguientes fundamentos: i) El accionante no interpuso ninguna comunicación, o realizó solicitud alguna dirigida a la autoridad demandada, a fin de obtener una explicación de la presunta suspensión de la audiencia o en su caso exigir un nuevo señalamiento; ii) La jurisdicción constitucional no es una instancia más de la justicia ordinaria; y, iii) Al no contar con el cuaderno de control jurisdiccional ni elementos de prueba, no se advirtió que el peticionante de tutela se encuentre en estado absoluto de indefensión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- es permisible que un juez incompetente resuelva la solicitud de aplicación de la detención preventiva en un primer momento de la investigación, debiendo inmediatamente de realizado dicho acto remitir las actuaciones al asiento judicial donde debe ejercerse el control jurisdiccional
- un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal
- razonar de forma contraria importaría someter al recurrente una posible dilación, dado que puede ocurrir que el Juez a quien se considera competente no lo sea o que se excuse de la causa, con lo cual se impediría que la solicitud sea considerada oportunamente y con la celeridad que amerita
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- fecha 31 de julio de 2020 a horas 17:00
- es posible que un Juez a cargo del control jurisdiccional pueda resolver dicha solicitud aún ya se hubiera presentado la acusación, pero siempre que no se hubiera radicado la causa en un determinado tribunal
- CONFIRMAR