SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0286/2021-S3
Fecha: 08-Jun-2021
Fragmento 14
Ahora bien, precisado el acto lesivo denunciado, de la revisión de antecedentes se advierte que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, previsto y sancionado en el art. 272 bis del CP, mediante Auto Interlocutorio 69/2020 de 14 de julio, el Juez ahora accionado en aplicación de los arts. 239.2 y 250 del CPP, modificó la aplicación de medidas cautelares de carácter personal disponiendo la cesación de la detención preventiva del accionante quien deberá cumplir entre otras medidas sustitutivas, la presentación de dos garantes personales con domicilio y solvencia económica (Conclusión II.1.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- CONFIRMAR