AUTO CONSTITUCIONAL 0253/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0253/2021-CA

Fecha: 21-Jul-2021

Tribunal Electoral Departamental

En consulta la Resolución TEDCH-SP/077/2020 de 3 de noviembre, cursante de fs. 31 a 33, pronunciada por el Tribunal Electoral Departamental (TED) de Chuquisaca, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Roxana Alvarado Cuevas, Presidenta de la Agrupación Ciudadana VAMOS” demandando la inconstitucionalidad de los arts. 13.I.3 en la palabra “comprobado”; II, y III del citado artículo en la frase “…al menos noventa (90) días antes de la convocatoria a la Elección en el nivel subnacional y ciento veinte (120) días antes de las elecciones primarias para las elecciones generales”; y, 14.I en la frase “…y una vez que la información del registro sea contrastada con el padrón electoral biométrico correspondiente…” de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) -Ley 1096 de 1 de septiembre de 2018-, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13, 26, 28, 256 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 1, 23, 24 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).