SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021

Fecha: 07-Jul-2021

Fragmento 2

Por memorial presentado el 4 de diciembre de 2019, cursante de fs. 164 a 183 vta., Tata Efraín Mendoza Humana, Autoridad Mayor de Justicia del Territorio Jatun Ayllu Yura y Tata Luciano Cabrera López, Curaca del Ayllu Qullana, ambos de la parcialidad Urinsaya Wisijsa de la Nación Qhara Qhara del departamento de Potosí, promueven el presente conflicto de competencias jurisdiccionales, señalando que  el 16 de mayo de 2019, conjuntamente con el Tata Zenobio Fernández Ruíz, Autoridad del Tribunal de Justicia Indígena Originaria Campesina (JIOC), se apersonaron ante el Juez Público Civil y Comercial Primero de Uyuni del mencionado departamento, reclamando competencia para conocer y resolver el proceso penal seguido por Margarita Copacaba Mendolas contra Domingo Mamani Mendoza y Mario Cruz Mamani, por el presunto delito de avasallamiento; en razón a que las partes en conflicto son miembros del Ayllu Qullana que pertenece al Jatun Ayllu Yura; por otra parte, el supuesto hecho de avasallamiento se habría suscitado en la comunidad de Tatuca que es parte del indicado Ayllu; sin embargo, el Juez Público Civil y Comercial Primero de Uyuni del mismo departamento, rechazó la solicitud, indicando que acrediten jurídicamente su petitorio, sin considerar que la JIOC del Jatun Ayllu Yura está vigente con su sistema jurídico y por consiguiente se encuentran facultados para conocer los casos de avasallamiento suscitados dentro de su territorio.