SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021

Fecha: 07-Jul-2021

III.3.1. Tipos de conflictos de competencias jurisdiccionales (positivos y negativos)

El Código Procesal Constitucional -arts. 100 al 103- únicamente regula los conflictos de competencias en su modalidad o dimensión positiva; es decir, para los casos donde dos jurisdicciones se declaran competentes para conocer el mismo caso en concreto. No obstante de ello, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Plurinacional entendió que también podían suscitarse conflictos de competencias jurisdiccionales en su dimensión negativa; es decir, cuando dos jurisdicciones se declaran incompetentes o se inhiben del conocimiento del caso en concreto.

Al respecto, la SCP 1227/2012, señala que los conflictos de competencia pueden ser positivos o negativos; los primeros, cuando dos o más autoridades jurisdiccionales se consideran competentes para el conocimiento y resolución de un caso, los segundos, cuando dos o más autoridades jurisdiccionales se inhiben del conocimiento de la causa.  Efectuada dicha precisión, la misma Sentencia, respecto al momento procesal en el que se inicia el conflicto de competencias, señala: