SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2021

Fecha: 07-Jul-2021

pertenecen al Órgano Judicial: a) Los tribunales ordinarios;         b) Los tribunales agroambientales; c) La justicia indígena originaria campesina, ejercida a través de sus autoridades; y d) El Consejo de la Magistratura

Al respecto, la SC 0321/2010-R de 15 de junio, analizando el cambio de estructura del Órgano Judicial, a partir del art. 179 de la CPE, estableció que: “…pertenecen al Órgano Judicial: a) Los tribunales ordinarios;         b) Los tribunales agroambientales; c) La justicia indígena originaria campesina, ejercida a través de sus autoridades; y d) El Consejo de la Magistratura(las negrillas son agregadas).

En la misma línea, la SCP 0874/2014 de 12 de mayo, señaló que: “…en el marco del Estado Plurinacional, el ejercicio de la jurisdicción no es potestad exclusiva de la jurisdicción ordinaria o agroambiental, sino también de la jurisdicción indígena originaria campesina que, como se ha visto, forma parte del órgano judicial”.

De la misma forma, la SCP 0078/2017 de 14 de noviembre[4], refiriéndose a la nueva estructura del Órgano Judicial, estableció que“… no sólo integra al sistema ordinario de justicia, sino también a la referida JIOC, se reconoce sus instituciones propias, a cada una de las NPIOC, sus saberes y conocimientos. Una justicia que deberá regir en la construcción de un Estado cuyo paradigma es el vivir bien”. Similares entendimientos se desarrollaron respecto a la nueva estructura del Órgano Judicial, en  las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 2463/2012 de 22 de noviembre, 1936/2013 de 4 de noviembre, 0105/2015 de 16 de diciembre y 0039/2017 de 25 de septiembre, entre otras.