SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2021-S3

Fecha: 18-Jul-2021

dimensionamiento de los efectos

Dada la situación fáctica del caso concreto, es pertinente tomar en cuenta el alcance de la denegatoria de tutela y la concesión realizada por el Tribunal de garantías que provocó efectos jurídicos, considerando que es de cumplimiento inmediato, así, corresponde traer a colación lo establecido en la SC 0595/2010-R de 12 de julio, respecto al dimensionamiento de los efectos de la Sentencia determinando, que: “…no obstante, en atención a la facultad previsora el Tribunal Constitucional, puede dimensionar los efectos de la Sentencia Constitucional, y de acuerdo a las circunstancias del caso y de manera excepcional toma determinaciones de tal manera que no se genere inseguridad jurídica(las negrillas son añadidas); bajo ese parámetro, corresponde que los efectos del presente fallo Constitucional sean dimensionados, con la finalidad de no dejar sin efecto la concesión de la tutela que fue emitido por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, tomando en cuenta que lo solicitado por la accionante es la afiliación de su esposo Rudy Opi Villca en la Caja de salud CORDES regional de dicho departamento como beneficiario, de donde resulta que, a través de la petición formulada se encuentra pendiente el ejercicio del derecho a la salud del antes referido; consiguientemente, si bien mediante esta Sentencia Constitucional Plurinacional se deniega la tutela invocada, esto de ninguna forma debe entenderse como la nulidad de la respuesta que se hubiese emitido por la parte accionada, tampoco como una determinación que deje sin efecto cualquier acto trascendental realizado a partir de la contestación otorgada.