Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
II.1.
II.1. La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia por Auto Supremo 345/2018-RRC de 18 de mayo, pronunciado por declaró infundado el recurso de casación interpuesto por los ahora impetrantes de tutela, quienes impugnaron el Auto de Vista 23/17 de 25 de mayo de 2017, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí dictado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Aduana Regional de dicho departamento en su contra por el delito de contrabando (fs. 2 a 9 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Auto Constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
- De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- ,
- CONFIRMAR