SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
III.2. Análisis del caso concreto
En el caso que se analiza, los accionantes plantean la presente acción de amparo constitucional contra los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, alegando la vulneración del debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia; toda vez que, las autoridades demandadas pronunciaron el Auto Supremo 345/2018-RRC declarando infundado el recurso de casación que interpusieron contra el Auto de Vista 23/17 emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, habiendo concluido que la resolución recurrida efectuó una adecuada valoración de la prueba y una correcta fundamentación y congruencia; por lo que, tiene los requisitos de validez exigidos; decisión que no demostró mediante línea del Tribunal Supremo ni expuso un razonamiento inequívoco que justifique que el Tribunal de alzada hubiera cumplido con los parámetros de la debida fundamentación
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Auto Constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela
- De lo referido sólo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a una Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.2. Análisis del caso concreto
- ,
- CONFIRMAR