Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2021-S4
Fecha: 02-Jul-2021
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La impetrante de tutela, denunció que las acciones de hecho ejercidas en su contra, vulneran sus derechos a la vivienda, a la dignidad, al trabajo, al comercio, a una vida libre de violencia y acceso a la justicia, afectando además, el derecho a la educación de un niño, citando al efecto, los arts. 13.I, 15, 19.I, 21.3, 115.I y 256 de la Constitución Política del Estado (CPE), así como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer; y el art. 6 inc. a) de la Ley 348 de 9 de marzo de 2013, Ley Integral para garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.2. Tutela provisional e inmediata ante medidas de hecho
- III.3. Medidas de protección reforzada de la salud
- i)
- III.4. Protección reforzada de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR