SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2021-S2

Fecha: 16-Jul-2021

a)

El accionante a través de su representante, ratificó y amplió los argumentos del memorial de la acción de libertad presentada, señalando que: a) El Auto Supremo 474 de 8 de diciembre de 2005, sostuvo con precisión que en materia penal no es posible declarar la participación en un hecho por medio de afirmaciones o negaciones que realizan las partes que intervienen en el proceso, tampoco se puede establecer responsabilidad utilizando el certificado médico forense y la versión de la presunta afectada por el ilícito; y, b) Por Auto Interlocutorio emitido por el Juez a quo, se señaló que era un peligro para la sociedad por haber afectado a una persona que pertenece a un sector vulnerable; es decir, la víctima merece protección reforzada por ser de sexo femenino y menor de edad, esta aseveración carece de fundamentación y motivación, siendo además confirmada por el Tribunal de alzada; no obstante, es evidente que existe una serie de incongruencias al descartarse la responsabilidad de dos imputados del hecho investigado e introducirse un riesgo procesal con base en la versión de los sucesos brindada por la afectada.

a)  Se verificó el actuar del Juez a quo, quien se refirió a los elementos de convicción puestos a su consideración, haciendo especial énfasis en el informe psicológico de 11 de agosto de 2020, a través del cual, la víctima identificó plenamente a Iver Garnica Ticona como su agresor, aseverando que al resto de los implicados no los conocía; por otra parte, hizo una explicación acerca de las reglas de la lógica formal y al principio de tercer excluido que la defensa del peticionante de tutela invocó;