SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0306/2021-S4

Fecha: 07-Jul-2021

a)

Los impetrantes de tutela, a través de su abogado en audiencia, ratificaron lo expuesto en la acción de libertad presentada y ampliando la misma refirieron que: a) Ejecutaron la Sentencia y “monto de Bs. 118.000” (sic); por lo que, fueron conducidos al Centro Penitenciario de Santo Domingo de Cantumarca de Potosí; b) La labor de la Junta Escolar es de coadyuvar en las actividades que efectúe la administración de la Unidad Educativa, pues el titular del mismo es el director; asimismo, la Junta Escolar no tiene oficina en la Unidad Educativa; por lo cual, las citaciones debieron efectuarse en los domicilios reales; c) El establecimiento pertenece al Estado y los salarios de los docentes y personal administrativo también los paga el Estado, siendo la máxima autoridad de la Unidad Educativa los directores; d) Las citaciones con los diferentes actuados no solamente son los únicos defectos que ocurrieron durante la sustanciación del proceso, pues también se acreditó de manera incorrecta la legitimación pasiva de los demandados dentro del proceso laboral, pues existe error en sus nombres; y, e) No se discute si corresponde o no el pago de los beneficios sociales, sino el hecho de que no tuvieron la oportunidad de defenderse dentro del debido proceso.