SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2021-S3

Fecha: 09-Jul-2021

concedió en parte

El Juez de Sentencia Penal Decimocuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 36/20 de 14 de julio de 2020, cursante de fs. 17 a 18 vta., concedió en parte la tutela solicitada; y en consecuencia, dispuso que el Secretario hoy accionado en el plazo de veinticuatro horas de notificado con ese fallo, remita el respectivo cuaderno procesal al Tribunal que por sorteo corresponda; ello bajo los siguientes fundamentos: a) Se debe tomar en cuenta que el Secretario ahora accionado no presentó informe ni asistió a la audiencia de consideración de esta acción de defensa, por lo que aplicando la SCP 0017/2019-S1 de 20 de marzo, se tienen como ciertos los hechos denunciados; b) Se cuenta con las capturas de pantallas que fueron impresas y presentadas en audiencia de consideración de esta acción de libertad, que demuestran que en el SIREJ consta que la causa estuvo en el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del indicado departamento pero ahora se encuentra en el Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Segundo del Plan Tres Mil de la Capital del citado departamento desde el 11 de julio de 2019; constituyéndose en una prueba respecto a que los hechos denunciados son correctos; y, c) La SCP 0019/2015-S2 de 16 de enero, estableció que quien administra justicia tiene el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas y exigencias que se hacen más “apremiantes” en los casos vinculados con la libertad personal.