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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2021-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2021-S2

    Fecha: 20-Jul-2021

    acción de libertad

    En revisión la Resolución 22/2020 de 24 de junio, cursante de fs. 11 a 12, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Abraham Quiroga Bonilla y Pablo Andrés Espoz Bezerra en representación sin mandato de Omar Troncoso Galarza, Brihan Troncoso Vidal, Jesús Ramírez Saucedo y Willian José Rodríguez Romero contra Luis Fernando Céspedes Pinaya, Director del Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola” del departamento de Santa Cruz.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 9
    • subsidiariedad excepcional
    • empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • Los jueces de ejecución penal, además de las atribuciones contenidas en la Ley del Órgano Judicial y en la Ley de Ejecución de Penas y Sistema Penitenciario, tendrán a su cargo: 1)
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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