SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2021-S4
Fecha: 20-Jul-2021
denegó
El Juez de Sentencia Penal Noveno del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 24/2020 de 12 de agosto, cursante de fs. 28 a 30, denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: a) Es evidente que se está atravesando una situación de emergencia sanitaria, que ocasionó la paralización de actividades del sector público y privado en resguardo de la vida y salud de los habitantes del país, dando lugar a la postergación y suspensión de plazos procesales, mismos que se reanudaron recién en junio; y, b) Dichas circunstancias dieron lugar a un receso en la investigación; sin embargo, de acuerdo a los informes del Ministerio Público y del IDIF, las investigaciones continúan a efectos de su conclusión; por lo que, no corresponden los argumentos de la parte accionante, quien ha señalado que desconoce la situación del cuaderno de investigaciones o del avance de las mismas. Ante el incumplimiento de deberes de las autoridades demandadas, debió acudir a la instancia correspondiente y no a la acción de libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Se trata de un mecanismo de defensa constitucional extraordinario de carácter preventivo, correctivo y reparador, instituido para la protección inmediata y efectiva de los derechos fundamentales a la libertad física como de locomoción en casos de detenciones, persecuciones, apresamientos o procesamientos ilegales o indebidos por parte de servidores públicos o de personas particulares; así como a la vida, cuando esté en peligro
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto y omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución indebida”
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR