Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en obrados.
I.5. Actos procesales relevantes en obrados.
I.5.1. A fs. 2 cursa, Título Ejecutorial N° PPD-NAL 201959, de 31 de julio de 2013, a nombre de Irene Zapata Montecinos y Jaime Zapata Montecinos del predio denominado “El Barrial Parcela N° 040”, con una superficie de 27.1946 ha, ubicado en el municipio de Warnes, provincia Warnes del departamento de Santa Cruz.
I.5.2. A fs. 14 cursa, Reporte de Tramite emitido por la Unidad de Catastro del Instituto Nacional de Reforma Agraria, que refiere: “1. En el Instrumento N° 659/2019, en el Formulario Notarial N° 0514143 vuelta, en la parte de las CONCLUSIONES se AUTORIZA la escritura pública de sucesión hereditaria sin testamento de todo el acervo hereditario en derechos y obligaciones que le perteneciera al CAUSANTE certificados de aportaciones a nombre del CAUSANTE de nombre JAIME ZAPATA MONTECINOS que deja sus bienes, acciones, derechos y obligaciones por SUCESION HEREDITARIA a la CAUSAABIENTE de nombre VIRGINIA ZAPATA ORELLANA.
2. En el asiento 1-B de Gravámenes y Restricciones del FOLIO REAL, existe una Anotación Preventiva respecto a CESION DE DERECHOS inscrito por IRENE ZAPATA MONTECINOS por lo que previamente al registro de la sucesión, la parte interesada debe presentar FOLIO REAL actualizado libre de GRAVAMENES Y RESTRICCIONES o aclarar con documentación legal respecto al motivo de la ANOTACION PREVENTIVA.”.
I.5.3. De fs. 126 a 127 vta. cursa, Testimonio N° 587/2021 de 14 de junio de 2021, Escritura de Protocolización sobre Minuta de Cesión de Derechos que realiza Jaime Zapata Montecinos, denominado como cedente e Irene Zapata Montecinos denominada como Adquiriente, en cual se encuentra trascrito tanto el certificado de Defunción, el Formulario 430 IT impuesto nacional para la transmisión o enajenación de bienes, así como el pago de impuesto departamental a la transmisión gratuita de bienes.
I.5.4. A fs. 137 cursa, Informe de la Notaria de Fe Publica N° 3, que refiere: “… con relación a Testimonio 587/201 de 14 de junio del 2021 y Segundo Traslado emitido en fecha 16 de mayo de 2022, por un error involuntario, se consignó la comparecencia del señor Jaime Zapata Orellana, siendo que al momento de la protocolización del Documento descrito, el señor ya se encontraba fallecido, por lo que como puede advertir su autoridad, dentro de las dos escrituras, se encuentra transcrito el Certificado de Defunción del Sr. Jaime Zapata Orellana, motivo por el cual no podría comparecer a firmar.” (SIC).
I.5.5. De fs. 214 a 221 cursa, Acta de Audiencia Complementaria de 14 de febrero de 2023.
I.5.6. De fs. 222 a 226 cursa, Acta de Audiencia Complementaria de 16 de marzo de 2023.
I.5.7. De fs. 226 vta. a 233 vta. cursa, Sentencia N° 02/2023 de 17 de marzo de 2023, que declaró improbada la demanda de Resolución de Contrato.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia N° 11/2023 de 10 de julio, recurrida en casación y nulidad, cursante de fs. 241 vta. a 248 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en el fondo interpuesto por Virginia Zapata Orellana.
- Antecedentes Procesales: Contestación al recurso de casación planteado por Irene Zapata Montecinos y Oscar Crespo Escobar.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en obrados.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental dado el carácter social de la materia y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.2. De la nulidad de documentos en materia agroambiental.
- FJ.II.3. Valoración de la prueba en la jurisdicción agroambiental
- FJ.II.4. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
