AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 152/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 152/2023

Fecha: 14-Dic-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en virtud a la potestad conferida por los arts. 12, 178 y 189.1 de la CPE, arts. 4. I.2 y 144. I.1 de la Ley N° 025, art. 36.1 de la Ley N° 1715 y en virtud a la jurisdicción que por ella ejerce, en aplicación de los arts. 87. IV de la Ley N° 1715 y 220.II de la Ley N° 439, aplicable supletoriamente a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715, declara:

1.- INFUNDADO el recurso de casación de fs. 301 a 305 de obrados, interpuesto por Oscar Bazán Quinta y Oscar Bazán Barba.

2.- Se mantiene firme y subsistente la Sentencia N° 01/2023 de 07 septiembre de 2023, cursante de fs. 229 a 238 vta. de obrados, emitida por el Juez Agroambiental de San Ramón del departamento de Santa Cruz, dentro del proceso de Desalojo por Avasallamiento.

3.- Se condena al recurrente, con el pago de costas y costos, en aplicación de los arts. 213.II.6, 223.V.2, con relación al art. 224 de la Ley N° 439, aplicable al caso por el régimen de supletoriedad establecido en el art. 78 de la Ley N° 1715, que mandará hacer efectivo el Juez de instancia.

No firma la Magistrada Dra. Elva Terceros Cuellar, por ser voto disidente, suscribiendo el Dr. Gregorio Aro Rasguido, Magistrado de Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en merito a la convocatoria cursante a fs. 338 de obrados.

Regístrese, notifíquese y devuélvase. -