Antecedentes: Trámite procesal
I.4. Trámite procesal
I.4.1. Auto que concede el recurso
Tramitado el recurso de casación, la Juez Agroambiental de Cochabamba, mediante Auto de 09 de junio de 2023, cursante a fs. 2993 vta. de obrados, concede el recurso de casación interpuesto por Ángel Santos Villegas, Ronald Niver Villegas Saravia, Roxana Claudia Villegas Saravia, Nelicia Yasmine Villegas Saravia y Gilda Faviola García Ortuño; asimismo, mediante Auto de 09 de junio de 2023, cursante a fs. 2997 vta. de obrados, concede el recurso de casación interpuesto por Juan Abel Villegas Saravia; ordenando la remisión del expediente ante el Tribunal Agroambiental, con la respectiva nota de cortesía.
I.4.2. Decreto de Autos para Resolución
Remitido el expediente signado con el N° 5207-RCN-2023, referente al proceso de Desalojo por Avasallamiento, por providencia de 21 de julio de 2023 cursante a fs. 3001 de obrados, se decreta Autos para Resolución.
I.4.3. Sorteo de expediente para Resolución
Por providencia de 24 de agosto de 2023 cursante a fs. 3003 de obrados, se dispuso el sorteo del expediente, procediéndose a sortear el mismo el 25 de agosto de 2023, conforme consta a fs. 3005 de obrados, pasando a despacho de Magistrado Relator.
- Encabezado
- Antecedentes: Argumentos de la Sentencia N° 08/2023 de 09 de mayo de 2023, objeto del recurso de casación.
- Antecedentes: Contestación de los recursos de casación.
- Antecedentes: Trámite procesal
- Antecedentes: Actos procesales relevantes
- FJ.II.1. Planteamiento del problema jurídico
- FJ.II.2. 1. La naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental.
- FJ.II.2. 2. El proceso de desalojo por avasallamiento, naturaleza jurídica y principios caracterizadores
- FJ.II.2. 3. Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso de desalojo por avasallamiento, coherentes con su naturaleza jurídica y características configuradoras
- FJ.II.2. 5.1. Análisis del recurso de casación de Juan Abel Villegas Saravia.
- FJ.II.2. 5.2. Análisis del recurso de casación interpuesto por Ángel Santos Villegas, Ronald Niver Villegas Saravia, Roxana Claudia Villegas Saravia, Nelicia Yasmine Villegas Saravia y Gilda Faviola García Ortuño.
- Por Tanto 1
