Auto Interlocutorio Definitivo S2/0052/2014
Fecha: 07-Mar-2014
POR TANTO: La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, en cumplimiento a lo dispuesto en la parte final del art. 333 del Cód. Pdto. Civ., aplicable supletoriamente por mandato del art. 78 de la L. Nº 1715, tiene por NO PRESENTADA la demanda de fs. 28 a 34 vta., de obrados interpuesta por Felipe ...