Auto Interlocutorio Definitivo S2/0039/2014
Fecha: 22-Abr-2014
N° 1760 han sido derogadas por el art. 27 de la L. N° 025, por lo que dispuso que las recusaciones debían ser fundamentadas conforme a lo dispuesto por el art. 27 de la L. N° 025. Que, a partir de la promulgación del Código Procesal Civil, 19 de noviembre del año 2013, entró en vigencia anticipada el régimen de recusación y excusa conforme a la Di...