Auto Interlocutorio Definitivo S2/0034/2014
Fecha: 21-Abr-2014
CONSIDERANDO: Que, revisada la demanda de fs. 16 a 19, la misma fue observada por providencias de fs. 22 y 30 ante las deficiencias presentadas en la forma, consecuentemente, en ejercicio de la facultad otorgada por el art. 333 del Cód. Pdto. Civ. aplicable supletoriamente por disposición del art. 78 de la L. Nº 1715, se dispuso que con carácter pr...