Considerando 1
CONSIDERANDO I.- Que, la juez de instancia pronunció la sentencia N° 23/2016, mediante la cual se declaró probada la demanda de Reivindicación interpuesta por Víctor Hugo Mansilla contra Irineo Ángel Díaz, Eusebia Tejerina Alboca y Antenor Jerez Gudiño disponiendo se restituya la superficie de 2.0226 has, y se efectúe el pago de mejoras a favor de los demandados, decisión contra la que ambas partes recurren bajo los siguientes argumentos.
- Encabezado
- Considerando 1
- I. (Recurso de Casación interpuesto por Eusebia Tejerina Alcoba de fs. 288 a 294 vta.)
- II. (Recurso de Casación interpuesto por Víctor Hugo Mansilla de fs. 295 a 299 y vta.)
- Considerando 2
- I Respecto del recurso de casación de fs. 288 a 294 interpuesto por Eusebia Tejerina Alcoba
- II.- Respecto del Recurso de Casación interpuesto por por Víctor Hugo Mansilla de fs. 295 a 299 y vta
- III Recurso de Casación en el Fondo y en la Forma interpuesto por Irineo Ángel Díaz Tejerina de fs. 301 a 306 y vta. de obrados
- Por Tanto 1
