Auto Definitivo N° 20/2023 de 29 de mayo de 2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

Auto Definitivo N° 20/2023 de 29 de mayo de 2023

Fecha: 29-May-2023

Por Tanto 1

La Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, con la atribución conferida por los arts. 189.1. de la CPE, 12 y 144.I.1 de la Ley N° 025, 36.1 y 87.IV de la Ley N° 1715, de conformidad a los arts. 220.IIl.1. c) de la Ley N° 439, esta última en aplicación supletoria a materia agroambiental por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715 y, en consecuencia, dispone:

1. ANULAR OBRADOS hasta fs. 380, es decir hasta el Auto Interlocutorio Definitivo N° 20/2023 de 29 de mayo, debiendo la autoridad de instancia ejercer efectivamente su rol de director del proceso, proceder conforme a derecho y estar a los fundamentos jurídicos desarrollados en la presente resolución.

2. En aplicación de lo previsto en el art. 17.IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, notifíquese y devuélvase. -

 

[1] Ley N° 1715 modificado por Ley N° 3545, en la Disposición Transitoria Novena (Servidumbres Administrativas) Mientras dure la ejecución del proceso de saneamiento de la propiedad agraria, el Instituto Nacional de Reforma Agraria podrá reconocer o establecer, en los casos que corresponda, servidumbres de carácter administrativo relativas a gasoductos, oleoductos y poliductos, que hubiesen sido constituidas con anterioridad al año 1996. El reglamento establecerá las condiciones y el procedimiento.