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    Expediente: Nº 4877/2022
    Tribunal Agroambiental Bolivia

    Expediente: Nº 4877/2022

    Fecha: 06-Dic-2022

    Por Tanto 2

    En aplicación de la norma del Art. 80 de la Ley 1715, modificada por la Ley 3545, Art. 113.I del Código Procesal Civil, se declara NO HA LUGAR A ADMITIR la demanda reconvencional de Nulidad de Documentos interpuesta por Richard Eiver Alvarado Martínez . ANOTESE.

    Fdo.

    Dr. Primo Zeballos Avendaño Juez Agrombiental Yacuiba-Tarija

    • Encabezado
    • 1.Argumentos que sustentan la resolución recurrida en casación
    • 2.Argumentos del recurso de casación en forma y fondo
    • 3.Argumentación de la contestación al recurso de casación
    • 4.Trámite procesal
    • 5.Actos procesales relevantes
    • Fundamentos Jurídicos Del Fallo
    • FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: Distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo
    • FJ.II.2. Naturaleza jurídica y legitimación de la demanda reconvencional
    • FJ.II.3. El Juez y su rol de director en el proceso
    • FJ.II.4. Análisis del caso concreto
    • Por Tanto 1
    • Por Tanto 2

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