Expediente: 4648 - RCN - 2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: 4648 - RCN - 2022

Fecha: 07-Jul-2022

Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la decisión asumida en el Auto Interlocutorio Definitivo de 03 de mayo de 2022, recurrido en casación.

I.1. Argumentos que sustentan la decisión asumida en el Auto Interlocutorio Definitivo de 03 de mayo de 2022, recurrido en casación.

La Juez Agroambiental de Cochabamba, declaró por no presentada la demanda de nulidad de documento, bajo los siguientes argumentos: a) Que, revisada la demanda reconvencional, la misma fue observada por presentar deficiencias en la forma, disponiéndose que la parte reconvencionista subsane dichas observaciones en el plazo de 3 días, computables a partir del día siguiente hábil de su legal notificación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de tenerse la demanda por no presentada, habiendo la parte presentado memorial por el que conforme la suma cumplirían lo ordenado y solicitan la admisión de la demanda reconvencional de cumplimiento de contrato; b) Que, si bien la parte reconvencionista establece cual sería el incumplimiento de la parte demandada así como el cumplimiento de su parte, lo señalado no se acomoda a los presupuestos necesarios para la acción interpuesta; por lo que, estableció que la parte reconvencionista no ha subsanado las observaciones realizadas, correspondiendo aplicar el art. 113-I del Código Procesal Civil; en consecuencia tiene por no presentada la demanda reconvencional de cumplimiento de contrato.