Fundamentos Jurídicos
II. FUNDAMENTOS
JURÍDICOS.
El Tribunal Agroambiental, conforme a los actuados
procesales cursantes en el expediente 5074-RCN-2023 y los argumentos del
recurso de casación, resolverá el problema jurídico del caso concreto vinculado
a la casación de la Inscripción de Minuta de Compra y Venta en el Registro de
Derechos Reales, al efecto desarrollará los siguientes temas: 1) La naturaleza jurídica del recurso
de casación: 1.1. El recurso de
casación en materia agroambiental y 1.2.
El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la
jurisdicción agroambiental; 2) Jurisprudencia reiterada respecto a la
nulidad procesal promovida de oficio; 3)
Respecto de la improponibilidad de la demanda; 4) Con relación a la tutela judicial efectiva como garantía
constitucional del derecho al acceso a la justicia; y, 5) Caso concreto.
FJ.II.1 La naturaleza
jurídica del recurso de casación.
Que, el Tribunal Agroambiental tiene competencia para
resolver los recursos de casación contra las Sentencias o Autos Interlocutorios
Definitivos emitidos por las juezas y jueces agroambientales, en virtud a lo
dispuesto en los arts. 189-1 de la CPE, 144-I-1 de la Ley No 025 del
Órgano Judicial y 36-1 de la Ley No 1715, modificada parcialmente
por la Ley No 3545.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan el Auto Interlocutorio Definitivo de 27 de febrero de 2023:
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución.
- FJ.II.2. Jurisprudencia reiterada respecto a la nulidad procesal promovida de oficio.
- FJ.II.3. Respecto de la improponibilidad de la demanda.
- FJ.II.4. Con relación a la tutela judicial efectiva como garantía constitucional del derecho al acceso a la justicia.
- Por Tanto 1
