Por Tanto 1
POR TANTO: La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, administrando justicia en única instancia, en virtud de la jurisdicción y competencia que le otorga el art. 189-3) de la Constitución Política del Estado, y art. 36-3) de la L. N° 1715, FALLA declarando IMPROBADA la demanda contencioso administrativa cursante de fs. 11 a 19 vta. de obrados, interpuesta por Amalia Cabezas Vásquez de Calabi, Mario Gonzales Cabezas Vásquez, Olga Mirian Cabezas Vásquez de Ruiz, Ana María Cristina Vásquez de Casap, emitido dentro del proceso de Reversión del predio "El Cadillar", contra el Director Nacional a.i. del INRA; en consecuencia se mantiene subsistente la Resolución Administrativa RES-REV N° 002/2015 de 23 de febrero de 2015, rectificada por la Resolución Administrativa Rectificatoria RES-REV N° 011/2015 de 8 de mayo de 2015.
Notificadas que sean las partes con la presente sentencia, devuélvanse los antecedentes remitidos por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, en el plazo máximo de 30 días, debiendo quedar en su lugar fotocopias simples o legalizadas según corresponda, con cargo al INRA.
No firma la Magistrada, Dra. Gabriela Cinthia Armijo Paz, por ser de voto disidente.
Regístrese y notifíquese.
Fdo.-
Magistrado Sala Primera Dr. Juan Ricardo Soto Butrón.
Magistrada Sala Primera Dra. Paty Y. Paucara Paco.
