SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 054/2023
Fecha: 27-Nov-2023
Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, impartiendo justicia en única instancia, en mérito a la potestad conferida por el art. 189.3 de la CPE concordante con lo dispuesto en el art. 36.3 de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545 y el art. 144.I.4 de la Ley N° 025; FALLA declarando:
1.- IMPROBADA la demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por Víctor René Pacheco Llerena y Hernán Roca Rivero, representados legalmente por Adán Macoño Cambara, mediante memorial de fs. 20 a 32 de obrados y memorial de ampliación de demanda cursante de fs. 190 a 194 y vta. de obrados; por consiguiente se mantiene firme y subsistente y con todo el valor legal la Resolución Administrativa RA-SS N° 0292/2015 de 26 de febrero de 2015 y la Resolución Administrativa RA- SS N° 0334/2017 de 20 de marzo de 2017, que rectifica la primera, pronunciadas dentro del proceso de Saneamiento Simple de Oficio (SAN-SIM), respecto a los Polígonos N° 116 y 175 del predio denominado "Tierra Fiscal (Casa Grande)", ubicado en los municipios San Rafael y San Ignacio de Velasco, provincia Velasco del departamento de Santa Cruz.
2.- Notificadas como fueren las partes con la presente Sentencia, DEVUÉLVASE los antecedentes remitidos por el Instituto Nacional de Reforma Agraria - INRA, en el plazo máximo de 30 días, previa digitalización de las piezas principales.
Interviene la Magistrada de Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, Dra. Elva Terceros Cuellar, en razón del voto disidente al Magistrado Rufo Nivardo Vásquez Mercado, que se encontraba constituido como Primer Relator.
Regístrese, notifíquese y archívese.-
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda contenciosa administrativa.
- 1.2 Argumentos de la contestación.
- 1.3 Argumentos de la contestación de los terceros interesados.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- 1.5 Actos procesales en sede administrativa.- Entre los actos más relevantes llevados a cabo en sede administrativa, se menciona los siguientes:
- FJ.II.1. Fundamentos normativos.
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo.
- FJ.II.4. Verificación de la Función Económica Social (FES) en el proceso de saneamiento.
- El funcionario del Instituto Nacional de Reforma Agraria, para determinar la superficie que se encuentra cumpliendo la función económico
- Por Tanto 1