SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 58/2023
Fecha: 06-Dic-2023
Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes para resolver la demanda Contencioso Administrativa
I.4. Actos procesales relevantes para resolver la demanda Contencioso Administrativa
I.4.1. Actos procesales en Sede Administrativa
Se identifican en el expediente administrativo sancionador por Contravención Forestal de Desmonte Ilegal, los siguientes actos procesales relevantes vinculados al problema jurídico del caso de autos:
I.4.1.1. Fojas 178 a 183, cursa Resolución Administrativa RUABT-VMT-IPDM-059-2019 de 22 de febrero de 2019, por el que, el Responsable de Villamontes de la ABT, rechaza la solicitud del Plan de Desmonte con Fines no Agropecuarios (IPDM) del Instrumento de Seguimiento Forestal del Proyecto: “Planchada y Camino de Acceso Pozo Timboy TBY-X2 Bloque Aguarare Sur A”, disponiendo la remisión del respectivo informe técnico de evaluación del Informe de Plan de Desmonte al Técnico de Apoyo de la UOBT VMT y al Profesional de Apoyo Jurídico para la elaboración del Informe Técnico-Legal y el Auto de Inicio de Proceso Administrativo Sancionador, por la contravención de Desmonte Ilegal.
I.4.1.2. Fojas 231 a 242, cursa Resolución Administrativa ABT N° 154/2019 de 3 de junio de 2019, por el que, el Director Ejecutivo de la ABT, revoca parcialmente la Resolución Administrativa RU-ABT-VMT-IPDM-059-2019 y aprueba el Informe de Plan de Desmonte con Fines no Agropecuarios, sugiriendo a la Unidad Operativa de Bosques y Tierra de Villamontes-ABT, que el inicio del respectivo proceso administrativo sancionador por Desmonte Ilegal, deberá tramitarse cumpliendo con los plazos establecidos en la Ley N° 2341, su Decreto Reglamentario y el Reglamento para Procesos Administrativos Sancionadores y Aplicación de Tolerancias.
I.4.1.3. Fojas 287 a 300, cursa la Resolución Ministerial-FOR N° 02 de 6 de enero de 2020, por el que el Ministro de Medio Ambiente y Agua, rechaza el recurso jerárquico interpuesto por YPFB-Petroandina S.A.M., confirmando la Resolución Administrativa ABT N° 154/2019 de 3 de junio de 2019.
I.4.1.4. Fojas 311 a 329, cursa Informe Técnico Legal ITL-ABT-DDTA-0045-2020 de 3 de septiembre de 2020, en el que concluye y sugiere indicios de responsabilidad por parte de la empresa YPYF PETROANDINA SAM EN LIQUIDACION, por la infracción forestal de DESMONTE ILEGAL en una superficie total de 28.8175 ha, correspondiendo aplicar una multa solidaria equivalente a $us. 6973.77, conforme a lo estipulado en el art. 43° del Reglamento de Procesos Administrativos Sancionadores y Aplicación de Tolerancias, sugiriendo la emisión de Auto Administrativo de Inicio de Proceso Administrativo Sancionador.
I.4.1.5. Fojas 345 a 362, cursa Auto Administrativo AD-ABT-DDTA-PAS-N° 049/2020 de 20 de octubre de 2020, por el que, el Director Departamental de la ABT-Tarja, resuelve iniciar Proceso Administrativo Sancionador en contra de YPFB PETROANDINA S.A.M. EN LIQUIDACION, por la Infracción Forestal de Desmonte Ilegal en una superficie de 28.8175 ha, ejecutado dentro del Proyecto “Planchada y Camino de Acceso Pozo Timboy TBY-X2 Bloque Aguarare Sur A”, contravención prevista y sancionada en el art. 41° de la Ley Forestal N° 1700 con relación al art. 86° y 87° de su Reglamento General, concordante con el art. 35° de la Ley Forestal, y art. 30° del Reglamento de Procesos Administrativos Sancionadores y Aplicación de Tolerancias.
I.4.1.6. Fojas 511, cursa providencia administrativa ABT-DDTA-PD-034/2021 de 16 de agosto de 2021, por el que, el Director Departamental de Tarija de la ABT, señala que YPFB-PETROANDINA S.A.M. presentó fundamentos de defensa y prueba de descargo dentro del proceso sancionador solicitando se declare expresamente la Prescripción de la infracción o contravención de Desmonte Ilegal.
I.4.1.7. Fojas 533 a 550, cursa Resolución Administrativa RD-ABT-DDTA-PAS-703-2021 de 25 de agosto de 2021, por el que, el Director Departamental de la ABT-Tarija, resuelve declarando a YPFB PETROANDINA S.A.M., responsable por la comisión de la Contravención Forestal de Desmonte Ilegal en una superficie de 28.8175 ha, ejecutado dentro del Proyecto “Planchada y Camino de Acceso Pozo Timboy TBY-X2 Bloque Aguarare Sur A”, sancionando con una multa de $us. 6.973,77.-, disponiendo asimismo poner en conocimiento del INRA para fines consiguientes y remitir antecedentes al Ministerio Público para que inicie acción penal pública por el delito previsto en el art. 223° del Código Penal.
I.4.1.8. Fojas 602 a 618, cursa Resolución Administrativa ABT N° 204/2022 de 19 de agosto de 2022, emitida por el Director Ejecutivo de la ABT, por la que confirma la Resolución Administrativa RD-ABT-DDTA-PAS-703-2021 de 25 de agosto de 2021.
I.4.1.9. Fojas 652 a 666, cursa Resolución Ministerial - FOR N° 10 de 14 de febrero de 2023, emitida por el Ministro de Medio Ambiente y Agua, por la que confirma la Resolución Administrativa ABT N° 204/2022 de 19 de agosto de 2022.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes para resolver la demanda Contencioso Administrativa
- F.J.II.1. Problemas jurídicos del presente caso
- F.J.II.2. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- F.J.II.4. 1. Respecto de la prescripción de la infracción administrativa de Desmonte Ilegal
- F.J.II.4. 1.1. Tratándose el caso de autos de un proceso administrativo, su desarrollo se rige conforme al principio de sometimiento pleno de la ley y la finalidad establecida por la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, que garantice el debido proceso como garantía constitucional prevista por el art. 115
- F.J.II.4. 2. Con relación a la omisión de considerar los fundamentos de improcedencia de la remisión de antecedentes al Ministerio Público para una acción penal.
- Por Tanto 1