SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a N° 58/2023
Fecha: 06-Dic-2023
Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
I.2. Argumentos de la contestación
I.2.1. El demandado Ministro de Medio Ambiente y Agua, a través de sus apoderados por memorial de fs. 499 a 506 de obrados, responden a la demanda solicitando se declare Improbada e Infundada la misma, con los siguientes argumentos:
I.2.1.1. Demanda carente de interés legítimo e insuficiente carga argumentativa
Señalan que, la demanda contencioso administrativa, es una reiteración de los recursos de revocatoria y jerárquico, corroborando la falta de invocación clara y precisa del derecho subjetivo y el interés legítimo vulnerado o agraviado, al no demostrar argumentos apropiados, claros y sólidos que expongan la errada interpretación de los hechos o la normativa supuestamente incumplida por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, realizando únicamente un resumen histórico del curso del proceso sancionador, sin señalar los fundamentos jurídicos por lo que considera que la Resolución Ministerial FOR-N° 10 de 14 de febrero de 2023, no aplicó correctamente la normativa sustantiva o procesal administrativa, careciendo de fundamentación de agravios. Citando la Sentencia N° 129 de 22 de octubre emitido por el Tribunal Supremo de Justicia y la SCP 0566/2023-S3 de 14 de junio, arguye que la parte actora no puede acudir a esta instancia sin exponer y fundamentar en hecho y en derecho las supuestas omisiones incurridas por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, al carecer de la invocación del derecho en que se funda, que al constituir una mera reiteración de las alegaciones ya vertidas en etapa de revocatoria y jerárquico, impide al Tribunal Agroambiental suplir la carga argumentativa del demandante.
I.2.1.2. Prescripción de la infracción administrativa
Transcribiendo lo pertinente de la Resolución Ministerial impugnada respecto de la prescripción, señalan que no es evidente la falta de motivación y fundamentación, al otorgarse respuesta de hecho y de derecho, tampoco se constató vulneración a los derechos de legalidad y debido proceso, al explicar la Resolución Ministerial FOR N° 10, los motivos de la improcedencia de la petición de prescripción del demandante. Citando las Sentencias Agroambientales S1a N° 39/2022 y 21/2021, mencionan que ya se cuenta con jurisprudencia que analizó la prescripción en materia ambiental, determinando la inaplicabilidad del art. 79 de la Ley N° 2341 para procesos en materia ambiental, resultando improbada la demanda contencioso administrativa por no haberse operado la prescripción e infundada al no proceder al presente caso la normativa citada por el demandante.
I.2.1.3. Omisión de considerar los fundamentos de improcedencia de la remisión de antecedentes al Ministerio Público para una acción penal
Arguyen, que el demandante indica que su fundamento apunta a revocar la decisión de remitir antecedentes al Ministerio Público, agravios que son contra la Resolución Administrativa ABT N° 204/2022, actuado que no es objeto de la presente demanda contencioso administrativa. Añaden que, la Resolución Ministerial FOR- N° 10, indicó al demandante que no ingresará al fondo y análisis de este punto, presentándose similar situación en la presente demanda, ya que conforme al art. 144 de la Ley N° 025, éste Tribunal no cuenta con facultad para conocer y resolver aspectos inherentes a delitos que se encuentran en etapa de investigación, solicitando los demandados, que no se emita pronunciamiento sobre lo desarrollado por el demandante, caso contrario actuaría sin competencia.
I.2.1.4. Petitorio confuso e incongruente
Mencionan que, el petitorio del demandante es confuso e incongruente, al señalar que se declare probada su demanda declarando la nulidad y anulabilidad, y/o revoque y deje sin efecto en todas sus partes la Resolución Ministerial, y asimismo, solicitan se revoque y se deje sin efecto la Resolución Administrativa, sin indicar que acto sería susceptible de anulabilidad y sin exponer agravios que puedan ser analizados y ameriten la revocatoria planteada, siendo contraria al art. 110-9) de la Ley N° 439.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes para resolver la demanda Contencioso Administrativa
- F.J.II.1. Problemas jurídicos del presente caso
- F.J.II.2. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- F.J.II.4. 1. Respecto de la prescripción de la infracción administrativa de Desmonte Ilegal
- F.J.II.4. 1.1. Tratándose el caso de autos de un proceso administrativo, su desarrollo se rige conforme al principio de sometimiento pleno de la ley y la finalidad establecida por la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, que garantice el debido proceso como garantía constitucional prevista por el art. 115
- F.J.II.4. 2. Con relación a la omisión de considerar los fundamentos de improcedencia de la remisión de antecedentes al Ministerio Público para una acción penal.
- Por Tanto 1