SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 06/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 06/2024

Fecha: 30-Abr-2024

Por Tanto:

IV.- POR TANTO:

Sin entrar en mayores consideraciones de orden legal, la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, administrando Justicia en única instancia, en ejercicio de la atribución 3 del art. 189 de la CPE, concordante con el art. 36.3 de la Ley N° 1715 modificada parcialmente por la Ley N° 3545; falla declarando:

1.- PROBADA la demanda contencioso administrativa, cursante de fs. 9 a 14 y vta. de obrados y el memorial de ampliación de demanda cursante de fs. 50 a 59 y vta. de obrados, interpuesta por Arturo Liebers Baldiviezo representado legalmente por Doris Fabiola Navia Barrera, impugnando la Resolución Administrativa RA-SS N° 0610/2021 de 28 de diciembre de 2021, sólo en relación al predio denominado “Taco Mocho”; en consecuencia, se dispone:

2.- La nulidad de la RA-SS N° 0610/2021 de 28 de diciembre de 2021, que resolvió, entre otros aspectos, adjudicar en copropiedad, el predio denominado “Taco Mocho” sobre una superficie de 2.2090 ha, clasificada como pequeña propiedad, ubicado en el municipio de Tarija, provincia cercado del departamento de Tarija.

3.- La nulidad de obrados del proceso de saneamiento hasta el Informe en Conclusiones de 20 de agosto de 2015; es decir, hasta fs. 1191 inclusive, de la carpeta de saneamiento, debiendo el INRA, previa verificación de su competencia, reencauzar y sustanciar el proceso garantizando los derechos, garantías constitucionales y la norma agraria, con base al razonamiento y fundamentación de la presente Sentencia.

4.- Notificadas las partes con la presente sentencia, devuélvase los antecedentes remitidos por el Instituto Nacional de Reforma Agraria, en el plazo máximo de 30 días, debiendo quedar en su lugar copias en formato digital.

Se suscribe la presente Sentencia Agroambiental Plurinacional, en mérito a la convocatoria efectuada a través del decreto de 20 de marzo de 2024, cursante a fs. 613 de obrados.

Regístrese, comuníquese y archívese.