Resolución recurrida: Sentencia N° 14/2021 de 9 de noviembre de 2021 pronunciado por el Juez Agroambiental de Yacuiba.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 14/2021 de 9 de noviembre de 2021 pronunciado por el Juez Agroambiental de Yacuiba.

Fecha: 23-Feb-2022

Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación.

I.3. Argumentos de la contestación al recurso de casación.

Por memorial cursante de fs. 417 a 418 de obrados, la demandante contesta negativamente al recurso de casación, solicitando se declare improcedente el recurso de casación por las siguientes razones: a) la parte recurrente realiza una interpretación errónea del AAP S1a N° 29/2020 y el AAP S1a N° 43/2021, pretendiendo dilatar la tramitación del proceso y tergiversar la verdad; b) el Informe cursante de fs. 272 a 273 emitido por el INRA, establece que el demandado es el beneficiario del predio "El Mistol Labrado" señalando textualmente: "(...) que a la fecha dicho proceso de saneamiento se encuentra en la Dirección Departamental para subsanar observaciones realizadas por la Dirección Nacional del INRA. Observaciones que son de forma y que al no encontrarse con mojón rojo es decir en conflicto dicho predio será titulado a favor del demandado, totalmente alejado de la verdad cuando el demandado manifiesta que deja en penumbra y con varias interrogantes acerca del futuro del proceso de saneamiento, demostrando simple y llanamente su pretensión por evadir el cumplimiento de la obligación demandada, como también que no existió juicio oral y que por lo tanto no existe prueba alguna incorporada al proceso (...)" (sic.); c) en relación a la prueba de inspección señala: "(...) que para realizar dicho acto procesal las partes han sido notificadas con anterioridad a la audiencia señalada, también en obrados se puede evidenciar que a pesar de haber sido legalmente notificado el demandado no se hizo presente y ahora pretende impugnar mediante el presente recurso con una serie de argumentos sin asidero legal y fuera de lugar (...)" (sic.), al efecto, pide una previa valoración exhaustiva de antecedentes.