roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
- AUTO SUPREMO No. 043-Amparo Sucre, 16 de enero de 2001
- PARTES: Claudina Lazo Herrera c/ Alcaldía Municipal de Quillacollo
- RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé
- CONSIDERANDO: Que interpuesto el recurso de Amparo Constitucional a fs
- Que en virtud de la Declaración Constitucional N° 001/99 de fecha 12 de julio de
- CONSIDERANDO: Que en el presente caso, la recurrente, denuncia que su inmueble de 3
- Que en los procesos de expropiación, una vez determinado que sea el justo precio, debe
- Que del análisis de los antecedentes y observándose aplicación al precepto constitucional citado precedentemente y
- En cumplimiento de la Resolución del amparo constitucional detallado en el punto precedente, el Alcalde
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 16 de enero de 2001
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo.- Secretario de Cámara.
