Auto Supremo AS/0493/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0493/2001

Fecha: 03-Oct-2001

CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes, se establece que la Corte ad-quem, al pronunciar


CONSIDERANDO: Que, contra dicho Auto de Vista recurre de casación Rolando Torrico Daza, por mandato de Mercedes Cruz de Quispe, acusando como infringidos los arts. 51, 163, 277, 278, 280-4), 284 y 288 del Código de Procedimiento Penal, 90, 190, 197 parte in-fine y 198 de la Ley General de Aduanas, 16 de la Constitución Política del Estado, por no haberse aplicado correctamente dichos preceptos en la decisión de la causa, aduce que su patrocinada no cometió el delito perseguido, y después de alegar derechos propios supuestamente lesionados por el ad-quem, solicita se case el auto recurrido, absolviendo de pena y culpa a su mandante.

CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes, se establece que la Corte ad-quem, al pronunciar el auto recurrido, ha calificado erróneamente los hechos establecidos, incurriendo en consecuencia, en indebida tipificación del delito e imposición de la pena, existiendo por tanto, infracción de leyes sustantivas