Auto Supremo AS/0502/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0502/2001

Fecha: 11-Oct-2001

Que, con relación a las observaciones sustanciales contenidas en los numerales 1 al 5 del


Que, con relación a las observaciones sustanciales contenidas en los numerales 1 al 5 del fallo impugnado, si el tribunal consideró que la sentencia apelada era incompleta, contradictoria, obscura, irregular e imprecisa, debió en aplicación de la segunda parte del art. 290 del Código de Procedimiento Penal, anular la sentencia y dictar otra conforme a derecho. El no haberlo hecho así no sólo que ha incumplido sus preceptos sino que ha desconocido su propia competencia, eludiendo su responsabilidad que es de orden público