Auto Supremo AS/0507/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0507/2001

Fecha: 11-Oct-2001

Que, por lo dicho, los tribunales de instancia, al dictar sus fallos han aplicado correctamente


Que, por lo dicho, los tribunales de instancia, al dictar sus fallos han aplicado correctamente el art. 135 del Código Penal, tanto en la calificación del delito como en la imposición de la pena, por lo que no hay violación de norma legal que reparar ni infracción adjetiva que corregir, correspondiendo aplicar al Tribunal Supremo lo dispuesto en el art. 307- 2) del Código de Procedimiento Penal