CONSIDERANDO
CONSIDERANDO.- Que, contra el Auto de Vista que confirma la sentencia condenatoria de fs. 1373-1388, los nombrados procesados recurren de nulidad y casación exponiendo los siguientes fundamentos:
Juan Ramiro Ariñez Guarachi, a fs. 1454, acusa la violación del art. 16 de la Constitución Política del Estado, arts. 8 con relación al 252 y 332 del Código Penal y arts. 132, 133 y 150 del Código de Procedimiento Penal, toda vez que fue juzgado en su ausencia, hecho que dio lugar a que se le atribuya la comisión de varios delitos por el sólo hecho de ser hijo de Bernandino Ariñez sin que se haya demostrado su participación en los hechos incriminados, al extremo que no se llegó a probar el delito
- VISTOS
- CONSIDERANDO
- Miguel Angel Pacheco Mayta, fs
- Gregorio Bautista Vega, fs
- Jorge Ariñez Alba fs
- Limbert Colque Rivera fs
- Elias Ariñez Alba a fs
- María Elena Ariñez Alba a fs
- Jorge Carrasco Dunois, defensor oficial del procesado rebelde Walter Condarco Cruz, a fs
- Con los mismos fundamentos el nombrado abogado defensor de oficio, a fs
- C
- 2
- De conformidad al art
- 3
- Que, en consecuencia, el tribunal ad-quem, al pronunciar el Auto de Vista impugnado, ha enmarcado
- POR TANTO
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
- 1
