De conformidad al art
De conformidad al art. 247 de la Ley de Organización Judicial con relación al art. 297 del Código de Procedimiento Penal, para anular el proceso, las causales de nulidad además de estar expresamente establecidas por ley, deben producirse en la del plenario. Con relación a la ratificación de diligencias de policía judicial, siendo facultativo del juez pedir su ratificatoria, las formalidades de su recepción son discrecionales al juzgador, toda vez que la norma no determina que deban recibirse, por separado, las declaraciones de los investigadores
- VISTOS
- CONSIDERANDO
- Miguel Angel Pacheco Mayta, fs
- Gregorio Bautista Vega, fs
- Jorge Ariñez Alba fs
- Limbert Colque Rivera fs
- Elias Ariñez Alba a fs
- María Elena Ariñez Alba a fs
- Jorge Carrasco Dunois, defensor oficial del procesado rebelde Walter Condarco Cruz, a fs
- Con los mismos fundamentos el nombrado abogado defensor de oficio, a fs
- C
- 2
- De conformidad al art
- 3
- Que, en consecuencia, el tribunal ad-quem, al pronunciar el Auto de Vista impugnado, ha enmarcado
- POR TANTO
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
- 1
