Auto Supremo AS/0588/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0588/2001

Fecha: 14-Nov-2001

El cuerpo del delito exigido por el art


El cuerpo del delito exigido por el art. 133 del Cód. Pdto. Pen., se halla plenamente justificado, en las actas de análisis de laboratorio, muestra e instrumentos incautados de fs. 15,17,18, 22, 23, 24, 25, 26, 28 y 29 de obrados; por lo que en consideración de lo fundamentado, se evidencia que la Corte de alzada ha infringido los arts. 8º del Cód. Pen, con relación al art. 69 de la L. Nº 1.008, respecto a los procesados Cecil Jhonny Pérez Tapia y José Rojas Aré, y ha violado el art.8º del Cód. Pen., con relación a los arts. 76 y 69 de la Ley 1.008 respecto al encausado Benjamín Chacón Domínguez, incurriendo así en la causal de casación prevista en el inc. 4º) del art. 298 del Cód. Pdto. Pen., en cuya virtud corresponde dar aplicación al inc. 3º) del art. 307 del mentado Procedimiento Penal