Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0343/2001
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0343/2001

    Fecha: 19-Dic-2001

    Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo


    Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • AUTO SUPREMO N° 343. Sucre, 19 de diciembre de 2001
    • DISTRITO : Cochabamba. JUICIO : Compulsa
    • PARTES : Empresa Nacional de Electricidad (ENDE S
    • RELATOR : Ministro Armando Villafuerte Claros
    • RESULTANDO: Que el recurso de compulsa ha de circunscribirse a establecer con el auxilio y
    • En la especie, de los antecedentes que de manera incompleta se han acompañado, se concluye
    • Reclamada la determinación por la vía incidental el a quo mediante auto de 26 de
    • CONOCEG apela de esta última providencia anulatoria y se la concede en efecto devolutivo, rectificando
    • La Sala Penal Segunda en conocimiento de dicho recurso por inhabilitación de Vocales de las
    • CONSIDERANDO: Que son taxativos y no meramente enunciativos los casos en que el tribunal ad
    • Que por todo lo expresado se concluye, que la negativa es incorrecta por no concurrir
    • A mayor abundamiento, las actuaciones procesales sobre las que da cuenta el testimonio y las
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • El Relator: Dr
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
    • Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Proveído : Sucre, 19 de diciembre de 2001
    • Dr. Rodolfo Chavarría Serrudo
    • Secretario de Cámara de Sala Civil.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca