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    Auto Supremo AS/0435/2002
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0435/2002

    Fecha: 07-Nov-2002

    Sucre, 7 de noviembre de 2002


    Sucre, 7 de noviembre de 2002
    • CONSIDERANDO: Que la corte de alzada con la potestad conferida por el art
    • CONSIDERANDO: Que contra la resolución mencionada recurre de casación la Fiscal de Materia de Sustancias
    • CONSIDERANDO: Que por los actuados acumulados al cuaderno procesal y la prueba producida por los
    • La uniforme jurisprudencia del supremo tribunal, ha sido categórica en sus fundamentos de carácter legal
    • Por todo lo expuesto, en el sub lite es de aplicación el inc
    • POR TANTO: La Sala Penal de la Excma
    • No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff por encontrarse ausente con licencia
    • Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
    • Fdo.- Dr. Jaime Ampuero García
    • Dr. Héctor Sandoval Parada
    • Sucre, 7 de noviembre de 2002
    • Proveído: Dr. David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara.

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